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Lista de Afiliados: Tipo de Territorio Provincia

En esta sección se ofrecen los datos de las personas ocupadas que cotizan por alguno de los regímenes de afiliación de la Seguridad Social

Introducción +

El Sistema de la Seguridad Social es un conjunto de regímenes a través de los cuales el Estado garantiza a las personas comprendidas en su campo de aplicación, por realizar una actividad profesional, o por cumplir los requisitos exigidos en la modalidad no contributiva, así como a los familiares o asimilados que tuvieran a su cargo, la protección adecuada en las contingencias y situaciones que la ley define. Más información en la Ley General de la Seguridad Social1

En el siguiente organigrama (Figura 1) se muestra gráficamente la distribución de los grupos de personas que se considera ocupadas, así como sus fuentes de datos.

Población activa y fuentes de información


Las personas ocupadas son por lo tanto desarrollan un trabajo por el que cotizan por alguno de los regímenes de cotización de la Seguridad Social española. El Sistema de la Seguridad Social es “un conjunto de regímenes a través de los cuales el Estado garantiza a las personas comprendidas en su campo de aplicación, por realizar una actividad profesional, o por cumplir los requisitos exigidos en la modalidad no contributiva, así como a los familiares o asimilados que tuvieran a su cargo, la protección adecuada en las contingencias y situaciones que la ley define”

El Sistema de Seguridad Social está formado por el Régimen General y Regímenes Especiales. [1] Incluido en el Régimen General, se encuentran también los Sistemas Especiales de colectivos con características concretas. En total son ocho Sistemas Especiales, de los cuales únicamente dos se utilizan en la provincia de Cáceres: el Sistema Especial Agrario y el Sistema Especial para Empleados de Hogar. [2] En cuanto a los Regímenes Especiales, actualmente se da sólo el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Se excluyen los regímenes de Trabajadores del Mar y Minería del Carbón, por no tener la provincia de Cáceres persona alguna cotizando en estos regímenes. A su vez, en el RETA se incluyen los del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios.

Los Sistemas Especiales han cambiado recientemente. Fue el 1 de enero de 2012 cuando se incluyeron a los trabajadores del Régimen Especial Agrario (REA) dentro del Régimen General de la Seguridad Social, a través la creación del Sistema Especial Agrario1. Existe un trato especial para las personas que residen en algunas Comunidades Autónomas, como Extremadura, que coticen por el REA y realicen trabajos eventuales o como fijos discontinuos, pueden beneficiarse de ventajas como el derecho a una renta agraria, más conocido como Plan de Empleo Rural (PER). El PER es una ayuda para que contratar a trabajadores eventuales agrarios (jornaleros) en paro y facilitar así un periodo de empleo y el acceso a un subsidio especial de desempleo. De este modo, los jornaleros que hayan trabajado en el campo al menos 20 jornadas, y siempre que se cumplan algunos requisitos en función de la edad, situación familiar e ingresos mínimos, tienen derecho a cobrar seis meses de subsidio.

Así mismo, el 1 de enero de 2012 también se incluyó a las personas del Régimen Especial de Empleados de Hogar en el Régimen General a través de la creación del Sistema Especial para Empleados de Hogar


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